sábado, 20 de diciembre de 2014

LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD DE LOS CRÍMENES POLÍTICOS EN VENEZUELA
HAO (Historia Actual Online), Núm. 33 (Invierno, 2014), 133-142 ISSN 1696-2060 Núm. 33 (Invierno, 2014), 133-142 ISSN 1696-2060


Roberto López Sánchez1
Carmen Alicia Hernández Rodríguez2

1Universidad de Zulia, Venezuela
2Asociación Zuliana de Familiares y Víctimas de la Represión, Venezuela

E-mail:
cruzcarrillo2001@yahoo.com;
carmenaliciahr@yahoo.com


Recibido: 1 Octubre 2013 / Revisado: 12 Noviembre 2013 / Aceptado: 9 Enero 2014 / Publicación Online: 15 Febrero 2014

Resumen: Los crímenes cometidos por razones políticas han sido una constante en Venezuela desde que nos conformamos como república. Pero estas violaciones a los derechos humanos ocurrieron no sólo durante los períodos dictatoriales, como durante el mandato de Juan Vicente Gómez (1908-1935), sino que se siguieron manifestando en los gobiernos democráticos, particularmente en los sucedidos entre 1958 y 1999. El presente trabajo se propone resumir el estado actual de la lucha contra la impunidad de los crímenes políticos cometidos durante el período 1958-1999, abordando un tema que a pesar de su relevancia ha tenido escaso interés en la última década por parte de las propias instituciones gubernamentales bolivarianas, y que sólo a partir de 2011, con la aprobación de la llamada Ley contra la Impunidad, se ha comenzado a transitar la senda de la justicia tantas veces postergada.
Palabras clave: Venezuela, crímenes políticos, Ley contra la Impunidad

“No es el odio el que hablará mañana, Sino la justicia misma, fundada en la memoria”

Albert Camus1

Introducción

Los crímenes cometidos por razones políticas han sido una constante en Venezuela desde que nos conformamos
como república. Pero estas violaciones a los derechos humanos ocurrieron no sólo durante los períodos dictatoriales, como durante el mandato de Juan Vicente Gómez (1908-1935), sino que se siguieron manifestando en los gobiernos democráticos, particularmente en los sucedidos entre 1958 y 1999.

El presente trabajo se propone resumir el estado actual de la lucha contra la impunidad de los crímenes políticos cometidos durante el período 1958-1999, abordando un tema que a pesar de su relevancia ha tenido escaso interés en la última década por parte de las propias instituciones gubernamentales bolivarianas, y que sólo a partir de 2011, con la aprobación de la llamada Ley contra la Impunidad, se ha comenzado a transitar la senda de la justicia tantas veces postergada.

La conquista democrática más trascendental desde la independencia ocurrió durante el período 1945-1948, a partir del derrocamiento del presidente Isaías Medina Angarita (19411945) y la convocatoria a una Asamblea
Constituyente por parte de la Junta Revolucionaria de Gobierno presidida por Rómulo Betancourt. Dicha constituyente permitió la primera elección universal, directa y secreta del presidente de la república, resultando
electo Rómulo Gallegos, quien asumió en febrero de 1948. Por primera vez votaban las mujeres, los analfabetos y de manera general toda la población con mayoría de edad. Al mismo tiempo en ese período se conquistaron
constitucionalmente importantes derechos sociales y laborales, como el de sindicalización, derecho a la contratación colectiva, y el derecho a huelga. Pero la apertura democrática duraría poco, y el 24 de noviembre de 1948 un pronunciamiento militar restringiría nuevamente los derechos civiles de los venezolanos.

El advenimiento de la dictadura militar (19481958) generó numerosas violaciones a los derechos humanos, mediante una represión selectiva focalizada principalmente contra los partidos políticos que hicieron resistencia a la dictadura: Acción Democrática (AD) y el Partido Comunista de Venezuela (PCV). El asesinato de importantes dirigentes de la resistencia (como ocurrió con el secretario general de AD, Leonardo Ruiz Pineda, asesinado en Caracas en 1952), la tortura sistemática hacia los centenares de presos políticos, la expulsión hacia el exilio de otro gran número de dirigentes, y la disolución de partidos y sindicatos, se convirtieron en las principales armas de la dictadura para mantenerse en el poder.

La caída de la dictadura militar de Marcos Pérez Jiménez, ocurrida el 23 de enero de 1958, trajo el inicio de un período democrático, el cual sin embargo continuaría manifestando expresiones extremas de violaciones a los derechos humanos. Las décadas de 1960, 70, 80 y 90 estarían signadas por nuevos hechos de crímenes políticos y torturas, junto a nuevas manifestaciones de represión como las desapariciones y los asesinatos masivos (resaltando en esto último la masacre ocurrida durante el Caracazo, en febrero-marzo de 1989). La casi totalidad de los historiadores coinciden en que la cantidad de crímenes políticos ejecutados durante el período democrático posterior a 1958 fue considerablemente superior a los cometidos durante la dictadura militar inmediatamente anterior.

La represión selectiva contra las fuerzas políticas opositoras al régimen “democrático” que surgió de las elecciones celebradas en diciembre de 1958, adquirió gran amplitud a partir de la lucha armada que organizaciones revolucionarias promovieron desde los primeros años de la década de 1960. Pero antes de ello, el propio gobierno de Rómulo Betancourt (1959-1964) actuó como provocador de esa violencia izquierdista, al reprimir violentamente las distintas expresiones de lucha social que se expresaban en ese entonces (años de 1959 a 1961), derivadas estas luchas de la crisis económica que afectó al país en esos años. Un ejemplo de ello lo menciona la historiadora Elia Oliveros, al afirmar que “sólo en el mes de enero de 1962 asesinaron a 35 personas en manifestaciones, hubo 202 heridos y 1.053 detenidos. Para este momento, aún los grupos armados no habían comenzado a actuar” (Oliveros, 2012: 44).

Los tiroteos contra manifestaciones de desempleados, con saldo de muertos y heridos, y los asaltos de bandas armadas contra las sedes de sindicatos controlados por la izquierda (principalmente el PCV y MIR), se hicieron
comunes en esta década, pasando posteriormente a una feroz persecución contra activistas y dirigentes de los partidos involucrados en la lucha armada.

La lucha armada sólo vino a desaparecer completamente a mediados de los 80, aunque sus expresiones más relevantes ocurrieron a lo largo de los 60. Bajo la excusa del combate al extremismo izquierdista, los distintos gobiernos “democráticos” de este período recurrieron a distintas formas de represión política para garantizar lo que denominaban la “paz social”.

En centenares y acaso miles de ocasiones, esta paz social se relacionó directamente con la paz de los cementerios, que era donde terminaban los líderes y activistas de movimientos obreros y estudiantiles vinculados con la izquierda revolucionaria.

Las dos últimas décadas del siglo XX presenciaron el desgaste y debilitamiento progresivo del sistema democrático representativo. El desarrollo combinado de la crisis económica, desde principios de los 80, con la crisis política que irrumpe con fuerza a partir del “Caracazo, en febrero de 1989, va a significar el paso de la represión selectiva contra los revolucionarios a la represión masiva contra el pueblo que protesta los incumplimientos de la democracia. De las masacres selectivas contra revolucionarios, como la de Cantaura en 1982 y Yumare en 1986, se pasará a la masacre generalizada del Caracazo, en 1989, con centenares y tal vez miles de muertos.

La llegada al poder de Hugo Chávez en 1999 significó una ruptura con esas prácticas represivas del aparato estatal “democrático” de Venezuela. Pero no obstante durante más de una década no se pudo avanzar mucho en la investigación de los crímenes políticos cometidos durante el período 1958-1999, hasta que en octubre de 2011 es aprobada por la Asamblea Nacional la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras
violaciones de los Derechos Humanos por razones políticas en el Período 1958-19982, que se ha dado a conocer como la Ley contra la Impunidad o Ley contra el Olvido.

Recientemente, en marzo de 2013, se ha juramentado la Comisión por la Justicia y la Verdad, derivada de la mencionada ley contra la impunidad3 . Esta comisión busca saldar una deuda histórica que tiene la sociedad y el propio Estado venezolano para con los miles de ciudadanos, familiares y amigos, que fueron objeto de la represión política entre 1958 y 1999.

Otros países latinoamericanos, como Argentina y Uruguay, que sufrieron dictaduras militares en décadas recientes, cuya represión política fue aún mayor que la presenciada en Venezuela, han logrado mayores avances institucionales en la investigación y castigo de los crímenes políticos cometidos invocando la “seguridad de Estado” y el mantenimiento de la “paz social”. Numerosos jefes militares del período dictatorial han sido condenados en Argentina a largas penas de presidio por su responsabilidad en esos crímenes, siendo este país el que más ha logrado avances en esa dirección.

Pero en Venezuela, a pesar del proceso de transformación revolucionaria iniciado en 1999, no fue posible durante más de una década el que se aprobara en la Asamblea Nacional un instrumento legal que permitiera la investigación y castigo de estos crímenes políticos cometidos por la que Chávez denominaba “la Cuarta República”. Puede que haya pesado en este retardo el temor de que las investigaciones se extiendan hasta jefes militares del propio proceso chavista. Pues buena parte de la represión política contra la izquierda revolucionaria fue ejecutada por los organismos de inteligencia militar y por los batallones antiguerrilleros que operaban en las zonas campesinas de Venezuela4 .

1. La denuncia de la represión política en Venezuela se inició hace varias décadas La denuncia contra la represión política del período que hemos señalado (1958-1999) se inició en Venezuela en la medida en que las
violaciones a los derechos humanos se iban presentando. Algunas individualidades como José Vicente Rangel, quien fuera diputado en los 60, 70 y 80 y tres veces candidato a la presidencia en esos años, adquirieron renombre por su denuncia firme de las violaciones a los derechos humanos, muchas de las cuales resumidas en su libro “Expediente Negro”.

Los gobiernos de la época recurrieron de manera constante a la tortura, el asesinato y la desaparición de dirigentes y activistas de la izquierda revolucionaria. Entre los crímenes individuales más sonados podemos mencionar el de Fabricio Ojeda5 , ahorcado en 1966 en las propias oficinas del servicio de inteligencia militar (SIFA); el de Alberto Lovera6, lanzado al Mar Caribe en 1965 y reflotado su cadáver en las playas de Lecherías, estado Anzoátegui; el de Jesús Márquez Finol7 (el “Motilón”), asesinado en una calle de Caracas en 1973; el de
Jorge Rodríguez8 , muerto en salvajes torturas por la Disip (policía política) en 1976; el de Tito González Heredia9 , también asesinado en una calle caraqueña en 1976.

Junto a estos asesinatos, ocurrieron igualmente las desapariciones. Algunos autores señalan que fue en Venezuela durante los años 60 donde se presentó por vez primera la táctica de la desaparición forzada de personas como mecanismo represivo para combatir a la oposición política en América Latina10 y que se inició con propiedad durante el gobierno de Raúl Leoni (1964-1969). Dirigentes guerrilleros como Víctor Soto Rojas11 y Trino Barrios fueron capturados con vida y luego asesinados, sin que hasta el presente hayan aparecido sus cadáveres. El estudiante de la UCV Noel Rodríguez, secuestrado por la inteligencia militar en 1973 y cuyo cadáver sólo vino a aparecer este año 201312 .

Otros desaparecidos de la violenta década de los 60 fueron: José Ramón Pasquier, Andrés Pasquier, Eduardo Navarro Lauren, Francisco Palma Prado, Alejandro Tejero, Eduardo Acosta Navarro, Felipe Malaver Moreno, José Carmelo Mendoza, Pedro Ramón González Marcano, Raúl Castro González, José Gregorio Suárez, José Miguel Rodríguez Flores, Donato Carmona, Eduardo Mijares, Carlos Guillén Rodríguez, César Burguillos, Roger Zapata,
Octavio Romero, todos denunciados en su momento por José Vicente Rangel, quien para junio de 1967 calculaba en más de 200 los desaparecidos en Venezuela (Rangel, 1969: 37).

Ya antes hemos dicho también que otra forma de la represión política lo fue el tiroteo policial contra manifestaciones pacíficas. Fueron centenares los muertos como resultado de esta represión violenta contra manifestaciones, principalmente estudiantiles. Sólo en el primer gobierno de Rafael Caldera (1969-1974) fueron
asesinados más de 30 estudiantes que participaban en movilizaciones de protesta. No sólo asesinatos, sino detenciones y torturas masivas contra el estudiantado. A manera de ejemplo, en el allanamiento contra la Universidad Central de Venezuela, ocurrido en diciembre de 1966, fueron detenidos más de 700 estudiantes, de los cuales 63 quedaron a la orden de la “justicia” (Oliveros, 2012: 326).

Otra expresión represiva lo fue la ejercida en las zonas campesinas cercanas a los frentes guerrilleros. Se instalaron los Teatros de Operaciones (TO) y Campamentos Antiguerrilleros, que significaron la tortura, el asesinato y la desaparición para centenares de humildes campesinos, sospechosos de colaborar con las guerrillas izquierdistas. Los campos más famosos (diríamos que tristemente famosos, por la cantidad de crímenes cometidos en ellos) fueron el TO4 de Cocollar (estado Anzoátegui), el TO5 de Yumare (estado Yaracuy) y el TO3 de Urica (estado Monagas), el campamento antiguerrillero de Cachipo. Uno de los casos más emblemáticos fue el de Juan Chacón Lanza, campesino oriental incorporado al frente guerrillero “Antonio José de Sucre”, quien fue capturado en 1969 luego de una operación militar, y conducido al TO4 de Cocollar, en donde fue golpeado y torturado para finalmente ser quemado vivo en una hoguera dentro del propio cuartel militar.

Otro escenario de violación constante de los derechos constitucionales fueron las cárceles que albergaban a centenares de presos políticos. En dichas cárceles los presos eran sometidos al aislamiento en celdas de castigo, a constantes provocaciones y agresiones físicas por parte de los carceleros, humillaciones a los familiares en los días de visita, pésima alimentación a los presos, requisas periódicas, suspensión de consultas médicas. Tristemente célebre fue el que luego fuera diputado por la Liga Socialista, David Nieves, quien estuvo más de un año encerrado a oscuras en una celda de castigo de 1x1 mts, y quien relatara su horrible experiencia en el libro “La tortura y el crimen político” (Nieves, 1979). Además de los campamentos antiguerrilleros, los presos políticos fueron ubicados principalmente en el Cuartel San Carlos, en la Cárcel de La Pica, y la Isla del Burro en Tacarigua.

Ya en los años 80, la represión política de los gobiernos adeco-copeyanos recurrió a la ejecución de masacres, como la ocurrida en Cantaura (Anzoátegui) en octubre de 1982, que implicó el asesinato de 23 revolucionarios, todos capturados con vida y rematados en el sitio13. De igual forma se sucedió la masacre de Yumare, en mayo de 1986, donde fueron asesinados 9 revolucionarios que primero fueron torturados salvajemente (no hubo enfrentamiento armado, aunque si se simuló el mismo por la policía política Disip).

En la masacre del Amparo (estado Apure, limítrofe con Colombia), en 1988, fueron asesinados 14 pescadores venezolanos que las autoridades venezolanas hicieron pasar como supuestos guerrilleros colombianos; este tipo de masacre es lo que ahora llaman en Colombia “falsos positivos”, es decir, el asesinato de ciudadanos comunes que son presentados ya muertos con uniformes militares y armas de fuego para favorecer determinadas recompensas hacia las fuerzas policiales y militares antiguerrilleras.

Finalmente, cuando la crisis de legitimidad que vivía la democracia burguesa ya no podía contener la protesta social, los gobiernos adecocopeyanos recurrieron a la represión masiva en contra del pueblo. La insurrección popular espontánea de febrero-marzo de 198914, ocurrida en Caracas y otras ciudades del país, generó una respuesta violentísima por parte del estamento dominante, sacando las fuerzas militares a la calle, suspendiendo las garantías constitucionales y decretando el toque de queda por varias semanas. El resultado, casi 300 muertos reconocidos oficialmente por el gobierno, y la sospecha de que tal vez hayan sido varios miles, enterrados en improvisadas fosas comunes que hasta el momento no han sido descubiertas.

En esta represión desatada contra el Caracazo tuvieron un papel central las fuerzas armadas venezolanas. Aunque ciertamente la responsabilidad principal hay que ubicarla tanto en el presidente de ese entonces, Carlos Andrés Pérez, sus ministros y demás jefes de las instituciones del Estado, también es cierto que los mandos superiores y medios de las fuerzas armadas que ordenaron disparar masivamente contra civiles indefensos no pueden argumentar que “cumplían órdenes superiores”, pues el cumplimiento de los derechos humanos y particularmente del derecho a la vida no puede suspenderse en circunstancia alguna, salvo situaciones de guerra y siempre que se enfrenten fuerzas militares regulares, que no era ni de lejos lo ocurrido en el Caracazo.

Esta implicación de jefes militares en los centenares de asesinatos de febrero-marzo de 1989, pensamos que actuó y sigue actuando en estos últimos 14 años de revolución bolivariana como elemento que ha entrabado tanto la aprobación de la “ley contra el olvido” como el desarrollo específico de las investigaciones dirigidas a determinar y castigar a los responsables de esos crímenes de lesa humanidad. Pues hay que tener en cuenta el
importante peso que han tenido los militares tanto en el gobierno de Hugo Chávez como en el actual gobierno de Nicolás Maduro. No es descabellada nuestra hipótesis de que algunas “manos peludas”, como decimos aquí en Venezuela, han actuado intentando dificultar y entrabar las iniciativas propuestas para la investigación y el castigo de éste y otros crímenes políticos cometidos en el último medio siglo.

Durante las últimas décadas, en Venezuela se han constituido una diversidad de Asociaciones de Familiares y Amigos de las Víctimas de la Represión Política durante el llamado período democrático, mencionando entre otras: Asociación Cantaura Vive, Fundación Juan Chacón Lanza, Fundación Américo Silva, Fundación Capitán de Navío Manuel Ponte Rodríguez, Asociación Bolivariana Contra el Silencio y el Olvido (ABCONSOL), Fundación de Derechos Humanos Sección Venezuela (DEHUVE), Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos y Desaparecidos (FEDEFAM) y la Asociación Americana de Juristas -Capítulo Venezuela (AJJ). Estas y otras asociaciones se convirtieron en las principales promotoras de la Ley contra el Olvido, e introdujeron los primeros borradores ante la Asamblea Nacional, concluyendo dichos esfuerzos en octubre de 2011 con la aprobación de dicha ley.

2. Los crímenes de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos no prescriben.

Hace casi un año publicamos una serie de comentarios sobre la Ley contra la Impunidad o Ley contra el Olvido15. Como es sabido, el 25 de noviembre de 2011 fue publicada en Gaceta Oficial Nº 39.808 la “Ley Para Sancionar Los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones De los derechos Humanos Por razones Políticas En El Periodo 1958 – 1998” (mejor conocida como ley contra el olvido).

Dicha Ley tiene por objeto “establecer los mecanismos para garantizar el derecho a la verdad y sancionar a los responsables de los hechos de violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad, tales como homicidios, desapariciones forzadas, torturas, violaciones, lesiones físicas, psíquicas y morales, privaciones arbitrarias de libertad, desplazamientos forzados de personas, expulsiones, deportaciones o exilios arbitrarios,
violaciones de domicilio, hostigamientos, incomunicaciones, aislamientos, difamaciones e injurias, perjuicio patrimonial, represiones masivas urbanas y rurales, simulación de hechos punibles o procedimientos administrativos fraudulentos, que como consecuencia de la aplicación de políticas de terrorismo de Estado, fueron ejecutados por motivos políticos contra militantes revolucionarios y revolucionarias, luchadores y luchadoras populares víctimas de la represión, quienes perseguían el rescate de la democracia plena, la justicia social y el socialismo, así como el rescate de la memoria histórica de tales hechos y la reivindicación moral, social y política al honor y la dignidad de las víctimas de la represión que se generó, por parte del Estado Venezolano, durante el período transcurrido de los años 1958 a 1998”.

Para llevar a cabo dicho objetivo, en el texto de la ley se establece como finalidad la creación de la “COMISIÓN POR LA JUSTICIA Y LA VERDAD” que tiene como objeto investigar los hechos, la violación de los derechos humanos y los delitos de lesa humanidad, así como las causas y las consecuencias que generó el terrorismo de Estado durante las décadas comprendidas en el periodo 1958 a 1998.

Dicha “Comisión por la Justicia y la Verdad” está integrada por: dos (2) representantes del Consejo Moral Republicano; distribuidos de la siguiente manera: uno (01) por el Ministerio Público y uno (01) por la Defensoría del Pueblo; cuatro (4) representantes del Ejecutivo Nacional, representado uno (01) por el Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia, uno (01) por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, uno (01) por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, uno (1) por el Ministerio del Poder Popular para Servicios Penitenciarios; tres (3) diputadas o diputados de la Asamblea Nacional y diez (10) representantes del Frente Social de Familiares y Amigos de Asesinados, Desaparecidos y Torturados por motivos
políticos en el período 1958-1998, quienes deben ser personalidades de reconocida trayectoria y/o miembros de organizaciones destacadas en las luchas referidas a la materia tratada por la presente ley, las cuales deberán estar registradas en dicho frente, quien establecerá los mecanismos para seleccionar a sus representantes.

La Comisión por la Justicia y la Verdad fue designada y juramentada el 27 de febrero de 2013, más de un año después de haber sido aprobada la referida ley, retraso que consideramos injustificable si tomamos en cuenta la relevancia de los hechos a investigar y la necesidad de saldar una deuda histórica y moral para con el país y la ciudadanía. La Comisión de la Verdad y la Justicia quedó finalmente integrada por Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República; Gabriela Ramírez, Defensora del Pueblo; José Vicente Rangel, designado por el Despacho de la Presidencia, Tareck Williams Saab por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz; Jorge Rodríguez por el Ministerio de Relaciones Exteriores; padre José Numa Molina por el Ministerio de Servicios Penitenciarios; y por la Asamblea Nacional los diputados Orangel López, Edgar Lucena, Jesús Farias, Yul Jabour, Claudio Farías, y Liris Sol Velásquez (tres principales y tres suplentes).

También conforman la Comisión, por el Frente Social de Familiares y Víctimas: Matías Camuñas, María del Mar Lovera, Luis Brito García, Mónica Venegas, Antonio Arias, Pura Soto Rojas, Elia Oliveros, Raquel Castro, David Palis y Alejandro Bastardo, teniendo como suplentes a Omar Narváez, Lídice Navas, Humberto Vargas, Alberto Lovera, Tatiana Gabaldón, Marelis Pérez Marcano, Brenda Hernández Esquivel, César Millán, Ángel Suzzarini y Aramita Padrino.

La instancia tiene como asesores políticos a Fernando Soto Rojas, Vladimir Acosta, Nora Castañeda, Paul de Río, Ítalo Américo Silva, Luis Britto García, Pedro Pablo Linares y José Ignacio Ramírez.

Ahora bien, la Comisión de la Justicia y la Verdad, de conformidad al contenido del Art. 8 de la ley, tiene un corto período de vida de tres (03) años, prorrogables por un año, dentro de los cuales deberá elaborar y presentar el informe final correspondiente a las investigaciones y demás funciones que le corresponda ejercer, con el objeto de realizar la investigación del periodo al cual se refiere la presente ley. Al respecto, cabe señalar, que si la intención del legislador es la de someter a término las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, y las violaciones a los derechos humanos, entraría en franca violación de los principios Constitucionales correspondientes y establecidos en el Art. 29, Titulo III: Derechos Humans y deberes, en el cual se establece que
dichos delitos son “imprescriptibles”.

Por tanto, la citada ley contra el olvido estaría violando la propia constitución nacional al establecer un lapso durante el cual la Comisión de la Verdad podrá actuar en función de lograr los objetivos mencionados inicialmente. Puesto que los delitos de lesa humanidad y de manera general las violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles según la CRBV, mal puede una ley establecer un lapso de apenas tres años para investigar y sancionar los delitos antes referidos. En vez de lograr el objetivo propuesto, y considerando que la Comisión de la Verdad fue designada más de un año después de haber sido promulgada la ley, pudiera ocurrir que en lugar de castigar la impunidad y el olvido de los crímenes políticos de la IV República, se extendiera indefinidamente un manto de impunidad y olvido sobre crímenes tan relevantes como el Caracazo y las masacres de Cantaura, Yumare y El Amparo.

Es importante señalar, que nuestra carta magna establece, en su Art. 25, que: “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias publicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil, administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores”.

Nuestra propuesta a la Asamblea Nacional va dirigida a que se modifique el contenido del artículo nº 8 de la “Ley para sancionar los crímenes, desapariciones, torturas y otras violaciones de los derechos humanos por razones políticas en el periodo 1958 – 1998”, por cuanto las investigaciones a desarrollar por la “Comisión de la Justicia y la Verdad” no deben tener tiempo de prescripción, sino que las mismas deben durar el tiempo que sea necesario para que se establezcan las responsabilidades y se castigue a los culpables de dichos crímenes. Sólo de esa forma se haría justicia con la historia y con los miles de ciudadanos que sufrieron la represión de los regímenes políticos que dominaron a Venezuela entre 1958 y 1998.

3. El avance de algunas investigaciones

MASACRE DE YUMARE: Desde el año 2006 la Fiscalía adelanta investigaciones referidas a los sucesos de Yumare, estado Yaracuy, el 8 de mayo de 1986, cuando nueve dirigentes sociales fueron capturados y posteriormente asesinados por un comando de la Disip, a las órdenes del entonces comisario López Sisco.

Durante los años 2006 y 2007 se llevó a cabo el proceso de exhumación de las nueve víctimas, como parte de la investigación orientada a establecer las responsabilidades penales. El 05 de octubre de 2006, fueron exhumados los cuerpos de Dilia Antonia Rojas y Simón Romero, en el cementerio Jardín de los Jardines en el estado Yaracuy. Sus restos fueron entregados a sus familiares en noviembre de ese mismo año. Posteriormente, el 16 y 18 de enero de 2007, se llevó a cabo el proceso en relación con las víctimas Ronald Morao y Alfredo Caicedo Castillo, en los cementerios General del Sur y de El Hatillo, respectivamente. Mientras, el 16 de febrero de ese mismo año fue exhumado Nelson Castellanos, también en el Cementerio del Sur en Caracas. De seguido, el 06 y 22 de marzo se procedió respecto a Pedro Jiménez, en el cementerio Sagrado Corazón de Jesús en Maracaibo, y José Rosendo Silva Medina, en el campo santo municipal de Valencia. Las dos últimas exhumaciones, de Luis Rafael Guzmán Green y Rafael Ramón Quevedo Infante, se efectuaron el 27 de abril y el 08 de junio de 2007, respectivamente. Los procedimientos se realizaron en los cementerios municipales de Ciudad Bolívar y Boconó.

Muchos testigos de ese lamentable incidente declararon que las nueves personas asesinadas por el comando de la Disip habían sido primero detenidas, luego torturadas y, por último, ejecutadas. Posteriormente, los propios
funcionarios les colocaron ropa militar encima de su ropa civil para indicar que eran guerrilleros.

En 2009 el Ministerio Público presentó formal acusación contra el comisario jubilado de la Disip, Henry Rafael López Sisco, por su presunta responsabilidad en la muerte de 9 ciudadanos, en la masacre de Yumare, ocurrida
el 08 de mayo de 1986 en el caserío La Vaca, estado Yaracuy. Los fiscales 48° y 65° nacional y 14° del estado Yaracuy, Zair Mundaray Rodríguez, María Teresa Cortes y Miguel Ángel Gómez, respectivamente, acusaron a López Sisco por la presunta comisión de los delitos de concurso real de homicidio calificado con alevosía por motivos innobles en grado de complicidad correspectiva en perjuicio de las nueve víctimas.

Adicionalmente, el Ministerio Público solicitó al Tribunal 6° en funciones de Control del estado Yaracuy que inicie el trámite del proceso de extradición ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra López Sisco, quien también fue Secretario de Seguridad Ciudadana del estado Zulia (en el gobierno regional del opositor socialdemócrata Manuel Rosales, hoy exiliado en Perú). Hasta el presente, López Sisco, quien en su trayectoria en la policía política estuvo incurso en numerosos crímenes como la masacre de Turmero, la de Cantaura, y en las torturas contra David Nieves, no ha sido detenido y permanece prófugo en el
exterior del país. También han sido acusados los ex funcionarios de la extinta Disip: Oswaldo Ramos, Eugenio Creasola, Freddy Granger, William Prado, Raúl Fernández, Adán Quero y Hernán Vega.

En 2011, después de 25 años de la masacre, se logró desmontar la versión sostenida por los funcionarios del gobierno de Jaime Luisinchi, cuando fiscales del estado Yacacuy lograron condenar a 13 años de prisión al general retirado del Ejército, Alexis Sánchez Paz, quien admitió su responsabilidad en los hechos de Yumare.

MASACRE DE CANTAURA: El lunes 4 de octubre de 1982, el Frente Américo Silva del Partido Bandera Roja acampaba en una zona boscosa cercana a la población de Cantaura, estado Anzoátegui. Tras ser delatados, la
Operación de Cerco y Exterminio se activó. Más de mil quinientos soldados, funcionarios de la Disip y la PTJ cercaron al campamento. Al amanecer, aviones Bronco y Camberra, y helicópteros UH1H bombardearon al FAS. En tierra, las ráfagas del ejército y DISIP estrecharon el anillo militar. 17 revolucionarios rompen el cerco y escapan. 23 no lo logran y son asesinados. Entre los caídos hay 17 hombres y 6 mujeres. Casi todos son heridos, capturados y ejecutados con tiros de gracia, como se ha verificado tras las exhumaciones e investigaciones que actualmente efectúa el Ministerio Público.

La premeditación de la acción, la desproporción de fuerzas y armas empleadas, y la ejecución sumaria de los heridos hechos prisioneros, señalan que se ha cometido una Masacre, que merece ser calificada como Crimen de Guerra o Crimen de Lesa Humanidad. Así es denunciado desde un primer momento por organismos de defensa de los derechos humanos y por actores políticos progresistas. El año 2009, 27 años después, la Fiscalía General de la República retoma el caso de la Masacre de Cantaura. Públicamente la Fiscal General, Luisa Ortega
Díaz, se compromete a reabrir el caso y realizar las investigaciones. Para tal efecto se designa a Johnny Méndez, Fiscal 39 con competencia nacional y a 4 fiscales regionales.

Revolucionarios caídos en Cantaura: Roberto Antonio Rincón Cabrera. Enrique José Márquez Velásquez. Emperatriz Guzmán Cordero. Sor Fanny Alfonso Salazar. Carlos Jesús Hernández Arzola. Antonio María Echegarreta Hernández. Carlos Alberto Zambrano Mira. Mauricio Tejada. José Miguez Núñez. Diego Alfredo Alonso Carrasquel. Carmen Rosa García. Beatriz del Carmen Jiménez. María Luisa Estévez Arranz. Jorge Luis Becerra Navarro. Luis José Gómez. Hildemar Lorenzo Morillo. Baudilio Valdemar Herrera Veracierta. Rubén Alfredo Castro Batista. Nelson Antonio Pacín Collazo. Julio César Farías Mejías. Eusebio Ricardo Martel Daza. José Isidro Zerpa Colina. Euménides Isoida Gutiérrez Rojas.

Asesinos de Cantaura: Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica; Ronald Reagan. Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica; Luis Herrera Campins. Presidente de la República de Venezuela; Luciano Valero, Ministro de Relaciones Interiores; Gral. Vicente Luis Narváez Chourión, Ministro de la Defensa; Gral. Arturo Machado Santana, Director de Inteligencia Militar; Gral. José Dionisio Murga Cabrices, Comandante de la Brigada de Cazadores de Maturín, estado Monagas; Remberto Uzcátegui, Director de la DISIP; Henry López Sisco y Arpad Bango, Comisarios de la DISIP; Alirio Rabanales, Norberto Rabanales, José Rojas y Bergenis Veracierta, Delatores.

Dentro de las actuaciones adelantadas por el Ministerio Publico en el caso de la masacre de Cantaura, ha sido citado en carácter de imputado en agosto de 2013 el Teniente Coronel del Ejército Ismael Antonio Guzmán, quien comandaba el Batallón de Cazadores "Coronel Vicente Campo Elías N° 63". También han sido citados a declarar como imputados Remberto Uzcátegui Bruzual, ex director de la extinta Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) y José Domínguez Yépez, ex director de Inteligencia de la Disip.

Hasta 2011 la fiscalía había promovido la exhumación de 18 de los 23 asesinados en Cantaura, encontrando que todos ellos tenían tiros de gracia, indicando con ello que habían sido rematados en el mismo sitio del combate.
Es de señalar que en Cantaura el ejército y la Disip no efectuaron ninguna detención, sólo hubo muertos en el bando revolucionario16 . Hasta ahora nadie ha sido condenado a pena alguna por la masacre de Cantaura.

EL CARACAZO: El 27 y 28 de febrero de 1989 se produjo un levantamiento popular espontáneo en Caracas y otras ciudades del país, como reacción ante las medidas económicas neoliberales que comenzaba a aplicar el gobierno de Carlos Andrés Pérez. Las protestas populares se extendieron por lo menos hasta el viernes 03 de marzo. Desde un comienzo, las manifestaciones populares derivaron en violencia, particularmente mediante saqueos generalizados contra establecimientos de comida y todo tipo de comercios, aunque inicialmente se protestara por los aumentos en las tarifas de transporte y el desabastecimiento de productos de primera necesidad.

La respuesta gubernamental fue desatar una represión masiva, sacando a la calle a las Fuerzas Armadas, decretando el toque de queda y suspendiendo las garantías constitucionales. El resultado de esto fue una gran masacre, que cuenta con numerosos testimonios audiovisuales, en la cual fallecieron varios centenares de ciudadanos. Debido al conocimiento de fosas comunes clandestinas, se sospecha que la cantidad de muertos fue mucho mayor.

Durante los 20 años posteriores al Caracazo, prácticamente no se efectuaron investigaciones judiciales sobre el mismo. Sólo a partir de 2009 la fiscalía asumió de nuevo el caso y hasta ahora se han dictado seis acusaciones contra personas que cuando El Caracazo ejercían cargos públicos: Italo del Valle Allegro, ministro de la Defensa para la época; Virgilio Ávila Vivas, ex gobernador del Distrito Capital; Freddy Maya Cardona, ex comandante del
Comando Regional Nº 5 de la Guardia Nacional (GN); Rafael Vidal Orsoni, ex comandante de la extinta Policía Metropolitana (PM); Luis Guillermo Fuentes, ex segundo comandante de la PM, y Manuel Heinz Azpúrua, ex comandante del Comando Estratégico Operacional17 .

En agosto de 2013, la Fiscal General ha informado que producto del trabajo de investigación obtuvieron 125 bolsas de osamentas que se encontraban depositadas en La Peste, el lugar donde se encontró, el 26 de noviembre de 1990, una fosa común con 68 cuerpos de víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989. Luisa Ortega Díaz ha dicho que las investigaciones sobre este caso aún no concluyen y que todavía se deben adelantar muchas acciones judiciales.

Conclusiones

En Venezuela durante 40 años, entre 1958 y 1999, el Estado desató una política de terror policial-militar destinada a reprimir toda disidencia, invocando la excusa de la insurgencia armada y del peligro comunista. Los
resultados de ese terrorismo de Estado significaron centenares de asesinados, centenares de desaparecidos, miles de detenidos y torturados, perseguidos, exiliados, y la instauración cotidiana de una conducta violatoria de los derechos humanos fundamentales, estableciendo una contradicción flagrante entre los valores democráticos que invocaban los gobernantes “democráticos” y la ejecución real de prácticas nada distantes de las cometidas en las tradicionales dictaduras latinoamericanas.

La investigación judicial sobre estos crímenes recién ha comenzado en el último lustro. La revolución bolivariana, que ha sido vanguardia en numerosos aspectos de las transformaciones sociopolíticas que se vienen desarrollando en Nuestra América, se ha quedado rezagada en este campo de combatir la impunidad y hacer
justicia con una etapa muy cercana de nuestra historia republicana.

La recién aprobada “Ley para sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras violaciones de los Derechos Humanos por razones políticas en el periodo 1958 – 1998” (18/10/2011), y la más reciente designación de la Comisión por la Justicia y la Verdad (27/02/2013), constituyen los pasos que parecen definitivos para arrancar en firme por el camino de la justicia para con una etapa en la cual se violentaron todos los principios constitucionales, y en la cual el Estado se convirtió en lo contrario de lo que pregonaban las leyes fundamentales del país.

Aunque este proceso avanza con suma lentitud, hasta ahora no da indicios de detenerse, y cada vez más se abren nuevos procesos referidos a los múltiples casos de violaciones de derechos humanos por razones políticas en el período indicado. Pensamos que la presión que mantengan las diversas asociaciones de familiares y amigos de las víctimas de la represión política, constituirá el mecanismo fundamental que garantice que las investigaciones judiciales avancen por el camino de la justicia, el castigo a los criminales y la reparación a las víctimas. Desde el estado Zulia, mediante la Asociación de Familiares y Víctimas de la Represión Política entre 19581999 (AZUFAVIR), estamos comprometidos en este esfuerzo de impulsar la justicia y rescatar la memoria de una época convulsa de nuestra historia.

Bibliografía

AAVV (2011), "Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras violaciones de los Derechos Humanos por razones políticas en el Período 1958-1998". Gaceta Oficial 39.808, 25 de noviembre de 2011. Disponible desde Internet en: http://www.asambleanacional.gov.ve/uploads/leyes/2011-1018/doc_fe0375a5d026bca9bc979da12c86e6782e5ff901.pdf
Hernández Rodríguez, Carmen Alicia, (2012), A propósito de la ley contra el olvido. Disponible desde Internet en:
http://www.aporrea.org/ddhh/a153524.html.
Hurtado Bravo, Rafael (2008), Cantaura: la masacre anunciada. Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura. Fondo Editorial El Perro y la Rana.
Linarez, Pedro Pablo (2006), La lucha Armada en Venezuela: Apuntes sobre guerra de guerrillas venezolanas en el contexto de la Guerra Fría (1959-1979) y el rescate de los desaparecidos. Caracas, Ediciones Universidad Bolivariana de Venezuela.
Nieves, David (1979), La tortura y el crimen político. Caracas, Editorial Poseidón.
Oliveros, Elia, (2012), La lucha social y la lucha armada en Venezuela. Caracas, Editorial El Perro y la Rana. Ministerio de la Cultura.
Rangel, José Vicente, (1969), Expediente negro. Caracas, Editorial Domingo Fuentes (Segunda edición).
Rosas, Alexis (2005), La masacre de Cantaura. Caracas, Editorial Texto.

Notas

1 Palabras al inicio del libro “Expediente Negro”, de José Vicente Rangel.
2http://www.asambleanacional.gov.ve/uploads/leyes/2011-1018/doc_fe0375a5d026bca9bc979da12c86e6782e5ff901.pdf. Fecha de consulta: 09/09/13.
3 http://www.saren.gob.ve/index.php/noticiasanteriores/320-venezuela-instala-la-comision-de-laverdad-
y-la-justicia. Fecha de consulta: 09/09/13.
4 Un diputado del PSUV, en funciones ante la Asamblea Nacional, Roger Cordero, militar retirado de la aviación, ha sido señalado de participar como piloto en la Masacre de Cantaura, ocurrida en octubre de 1982 y que trajo la muerte de 23 revolucionarios.
5 Quien fuera presidente de la Junta Patriótica en la clandestinidad al momento de ser derrocada la dictadura de Marcos Pérez Jiménez. Había cambiado su curul como diputado por el partido URD, por un puesto en los frentes guerrilleros del occidente del país a mediados de 1962.
6 Secretario Militar del Partido Comunista de Venezuela al momento de su detención. Era profesor de la Universidad Central de Venezuela.
7 Dirigente del Partido Bandera Roja.
8 Secretario General del partido Liga Socialista.
9 Economista, profesor de la UCV y dirigente del partido Bandera Roja.
10 http://chamosaurio.com/2008/06/09/rangelasegura-que-desapariciones-forzosas-de-americalatina-
comenzaron-en-venezuela/
11 Hermano de Fernando Soto Rojas, actual diputado por el PSUV y quien fuera Presidente de la Asamblea
Nacional en 2011.

12 http://www.vtv.gob.ve/articulos/2013/01/19/cuerpode-noel-rodriguez-fue-hallado-en-nicho-delcementerio-
general-del-sur-8069.html
13 Como se desprende de la exhumación de los cadáveres que adelanta la Fiscalía desde hace algunos años.
14 Manifestada principalmente mediante saqueos contra locales comerciales y supermercados, además de protestas callejeras, bloqueo de vías y choques con la policía.
15 Artículo firmado por Carmen Alicia Hernández y publicado el 02/11/12 en la página web aporrea.org.
http://www.aporrea.org/ddhh/a153524.html
16 El ejército sufrió la baja de un capitán, de apellido Avila Paolini.
17http://www.noticias24.com/venezuela/noticia/184978/caso-el-caracazo-se-han-encontrado-pruebassuficientes-para-imputar-a-altos-funcionarios-de-laepoca-video/

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